cesion de remate

Cesión de remate: qué es, cómo funciona y cómo comprar un inmueble por esta vía

La cesión de remate es el derecho que permite a quien gana una subasta judicial designar a un tercero para que el inmueble se adjudique directamente a su nombre. Es una vía cada vez más habitual para comprar vivienda procedente de procesos de ejecución y, bien entendida, abre oportunidades que no aparecen en el mercado tradicional. 

En Hipoges trabajamos cada día con este tipo de activos, así que aquí te contamos, sin tecnicismos de más, en qué consiste, cómo se desarrolla el proceso y cómo puedes aprovecharla como inversor o como particular.

Qué es la cesión de remate

Cuando un inmueble sale a subasta dentro de un procedimiento de ejecución, quien realiza la mejor puja obtiene el llamado remate. La cesión de remate consiste en trasladar ese derecho a otra persona: el ganador de la puja no se queda con la vivienda, sino que la adjudicación se formaliza a favor de un tercero, el cesionario, que se convierte así en el propietario final.

Dicho de forma sencilla: la cesión de remate separa a quien puja de quien se queda el inmueble. El primero gana la subasta; el segundo firma la adjudicación.

Esta figura está regulada en el artículo 647.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que fija quién puede utilizarla y con qué requisitos. No es un atajo ni una operación opaca: es un mecanismo previsto por la ley que ordena cómo llega el activo desde la subasta hasta su comprador definitivo.

Cómo funciona la cesión de remate paso a paso

El proceso encaja dentro de la propia subasta y se resuelve en un plazo breve. Estas son las fases que conviene tener claras antes de plantearse una operación:

  1. Reserva de la facultad al pujar: El postor con derecho a ceder debe manifestar, en el momento de la puja, que se reserva la facultad de ceder el remate a un tercero.
  2. Adjudicación del remate: Cerrada la subasta, el tribunal reconoce como rematante a quien ha hecho la mejor postura.
  3. Pago o consignación del precio: Debe abonarse o consignarse el importe del remate, y acreditarlo documentalmente.
  4. Designación y aceptación del cesionario: La cesión se formaliza mediante comparecencia ante el Letrado de la Administración de Justicia, con la aceptación expresa del cesionario, previa o simultáneamente al pago.
  5. Decreto de adjudicación e inscripción: El juzgado dicta el decreto a nombre del cesionario, que después inscribe el inmueble en el Registro de la Propiedad.

Ventajas y riesgos que debes valorar

Como toda fórmula ligada a las subastas, tiene un lado atractivo y otro que exige prudencia. Conviene sopesar ambos antes de decidir:

A favor

  • Acceso a precios por debajo del mercado abierto.
  • El activo llega analizado y con la operación ordenada.
  • Adjudicación directa a tu nombre, sin intermediarios añadidos.
  • Oportunidades que no se publican en portales generalistas.

A vigilar

  • Posibles cargas anteriores o situaciones de ocupación.
  • Plazos de pago exigentes tras el remate.
  • Necesidad de revisar bien la nota simple y el estado real.
  • Financiación no siempre inmediata en este tipo de compra.

Da el paso con acompañamiento experto

La cesión de remate no es un mecanismo reservado a grandes inversores: es una vía perfectamente accesible para el particular que quiere comprar mejor, siempre que entienda el proceso y se apoye en quien conoce el activo por dentro. Revisa la oferta disponible en Hipoges y encuentra tu inmueble ideal: el equipo te guía en cada fase para que la operación llegue a buen puerto.

Preguntas frecuentes sobre la cesión de remate

¿Quién puede pedir la cesión de remate?

La facultad de ceder el remate está reservada por la Ley de Enjuiciamiento Civil al ejecutante, es decir, al acreedor que ha impulsado la subasta —habitualmente un banco o un fondo—, y a los acreedores posteriores. Un postor particular que acude a la subasta como un licitador más no puede, por regla general, reservarse ese derecho. Lo que sí puede hacer cualquier persona o empresa es actuar como cesionario: recibir la adjudicación que el titular del derecho decide trasladarlo. Por eso, para un comprador que no es acreedor, la vía natural para beneficiarse de una cesión de remate consiste en llegar a un acuerdo con la entidad o el gestor que sí ostenta la facultad de ceder, y formalizar después la operación ante el juzgado.

¿Cuánto cuesta una cesión de remate?

El coste de una cesión de remate se compone, sobre todo, del precio que se pacta por el propio inmueble, que puede ser igual, superior o inferior al importe del remate según las condiciones de cada operación. A ese precio hay que sumar los gastos habituales de cualquier compra: impuestos que gravan la transmisión, aranceles del Registro de la Propiedad y, en su caso, honorarios de gestión. La ventaja es que el punto de partida suele situarse por debajo del precio de mercado abierto, precisamente porque procede de un proceso de ejecución. Antes de comprometerte conviene pedir un desglose completo de todos los costes, incluidos los derivados de posibles cargas o de la situación de ocupación, para calcular con realismo la rentabilidad de la inversión.

¿Es segura la compra por cesión de remate?

La cesión de remate es un mecanismo plenamente legal y regulado, así que la seguridad depende sobre todo de la información con la que entres en la operación. Los principales riesgos no están en la figura en sí, sino en el estado concreto del inmueble: cargas anteriores que no se cancelan, deudas con la comunidad de propietarios o situaciones de ocupación son los puntos que más conviene revisar. Por eso es fundamental analizar la nota simple actualizada, comprobar la situación posesoria y contar con asesoramiento antes de firmar. Cuando el activo llega ya estudiado y con la operación ordenada por un gestor especializado, buena parte de esa incertidumbre desaparece y la compra por cesión de remate se convierte en una oportunidad tan fiable como cualquier otra vía de adquisición.


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